Han sido denunciados por prevaricación los tres magistrados que han ordenado ilegalmente el ingreso penitenciario del juez Alba. ACODAP resalta en su denuncia que Salvador Alba goza de total inmunidad y por ello no puede ser constituido en prisión hasta que su cese como juez sea publicado en el «Boletín Oficial del Estado». Este es el indiscutible e irrebatible fundamento de peso de la denuncia.
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) decretó ilegalmente el pasado miércoles la ejecución de la sentencia que condenó en septiembre de 2019 al juez Salvador Alba Mesa a seis años y medio de prisión y 18 de inhabilitación, sin esperar siquiera a que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) hubiera tramitado el expediente de separación de la carrera al juez condenado.
La Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) dedica a la inmunidad judicial nada menos que tres artículos, que prohíben la detención de jueces y magistrados salvo por orden del juez de instrucción competente, así como la intimación o los requerimientos, e incluso la citación para recibirles declaración. Con mucho más motivo, está prohibido que los jueces y magistrados sean ingresados en prisión hasta que el cese en su destino no sea publicado en el «Boletín Oficial del Estado» (art. 353 del Reglamento de la Carrera Judicial).
Asistida por toda la razón ACODAP, la asociación contra la corrupción liderada por el juez Fernando Presencia, entiende que la parte dispositiva del auto de fecha 11 de enero pasado dictado por los togados denunciados Juan Luis Lorenzo Bragado, Nicolás Acosta González (ponente) y Luis Wood Rodríguez, puede ser constitutiva de un presunto delito de prevaricación judicial y tráfico de influencias, por requerir al juez Alba para que “proceda a su ingreso voluntario en Centro Penitenciario para el cumplimiento de la pena de prisión impuesta en sentencia, bajo apercibimiento de acordarse su busca y captura”, a sabiendas que el condenado sigue ostentando inmunidad judicial y que la referida sentencia aún no ha sido publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
Está claro pues, según la asociación beligerante contra la corrupción, que el único fin perseguido por los denunciados es tan solo el afán de notoriedad personal, buscando que la amenaza ilegal del ingreso en prisión del juez Alba aparezca publicada en los medios de comunicación social, aún siendo plenamente conscientes y sabedores de que eso no podía llevarse a efecto en ningún caso.
Por otro lado, los magistrados ahora denunciados pretenden provocar, como propósito inmediato, la humillación y el escarnio del compañero juez condenado. Téngase en cuenta que el juez Alba puede dejar de ser condenado en cualquier momento si se estiman sus recursos.
En el escrito de denuncia se deja solicitado “se ordene la DETENCIÓN inmediata de los magistrados Juan Luis Lorenzo Bragado, Nicolás Acosta González y Luis Wood Rodríguez, al amparo de lo dispuesto en el artículo 13 de la Lecrim y cumpliendo los requisitos y comunicaciones establecidos en el artículo 398 de la LOPJ”.
No creo que nos quede mucho por ver de este país, degradado, humillado y exterminado, o casi. Solo espero ver a sus puñetas en el banquillo y que empiecen a desfilar por DELITOS COMETIDOS NO SOLO CONTRA LOS CIUDADANOS, TAMBIEN BORRANDOSE EN LA CONSTITUCIÓN. “jueces a juicio” Ya. Y a los ciudadanos que no les paraliza el miedo. Como en Fuenteovejuna, TODOS A UNA.
Otra mamarrachada de artículo del mismo autor. Hace hasta gracia la ignorancia que destila, pero ya decir q el 353 del reglamento de la carrera judicial dice q un juez no puede ingresar en prisión hasta q se publique nada en el BOE es una estupidez de nivel supremo, mantenida por el autor para justificar los 20 años de inhabilitación que le cayeron. El citado artículo no dice eso, q es q da asco leer estas chorradas, sino q habla del cese en destino de jueces y magistrados. Al menos el artículo existe, porque con este nivel q se maneja…