Con fecha de 23 de diciembre de 2021, el tirano Pedro Sánchez, ha vuelto a repetirse en lo que más le place: amedrentar a las ovejas, a base de decretos ley. A la población no lanar, solamente les enfurece.
Esta vez, ha dictado el decreto 30/2021, mediante el cual, con la excusa de adoptar medidas urgentes de prevención y contención para hacer frente a la crisis sanitaria causada por la COVID 19, vuelve a demostrar su impotencia, volviendo a castigar a los españoles obligándoles a ponerse el bozal, que eufemísticamente llama mascarillas.
De nuevo, este siniestro personaje, va a utilizar a las fuerzas de orden público, para obligar a la población española, a usar mascarillas en espacios abiertos, es decir, en la calle.
El hartazgo de la población no pastueña, es tal, que ya se prevén incidentes continuos a causa de la imposición de esta medida coercitiva e inconstitucional.
Pero los servidores del orden público han de saber y tener en cuenta, que tras las dos sentencias del Tribunal Constitucional declarando ilegales e inconstitucionales las limitaciones derechos fundamentales a los ciudadanos y del parlamento, ellos se convierten en colaboradores necesarios de un gobierno que tiene como objetivo recortar las libertades públicas de los españoles. Con el objetivo de implantar una agenda ideológica comunista y mundialista.
Por lo tanto, en caso de que cualquier ciudadano sea retenido en la calle por la policía, a causa de no llevar la mascarilla-bozal puesta, deberemos de recordar al agente, que con su actitud y obedeciendo esas órdenes ilegitimas e inconstitucionales, dadas por sus superiores, está coartando derechos constitucionales de los españoles, con su actuación. SI esto sucede, inmediatamente y tras fotografíar o grabar la actuación policial se ha de acudir a la comisaría o juzgados de guardia para presentar denuncias contra esta actuación policial arbitraria y contraria a los derechos fundamentales de los ciudadanos.
Hagamos un pequeño resumen de las leyes que podría estar infringiendo un policía que mantuviera esa actitud hacia un ciudadano:
1º) Art 14 de la Constitución Española: Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
2º) Art. 18.1 de la Constitución Española: Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
3º) art. 31.3 de la Constitución Española: Sobre la obligatoriedad de realizar una prestación personal como es el uso obligatorio de mascarilla.“… 3. Sólo podrán establecerse prestaciones personales o patrimoniales de carácter público con arreglo a la ley…”
4º) Art. 510.1 del Código Penal. Delito de odio: a) Quienes públicamente fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad.
- Cuando los hechos, a la vista de sus circunstancias, resulten idóneos para alterar la paz pública o crear un grave sentimiento de inseguridad o temor entre los integrantes del grupo, se impondrá la pena en su mitad superior, que podrá elevarse hasta la superior en grado.
5º) Ley Orgánica 2/1986, de 13 marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Artículo quinto. Son principios básicos de actuación de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad los siguientes:
- Adecuación al ordenamiento jurídico, especialmente:
- a) Ejercer su función con absoluto respeto a la Constitución y el resto del ordenamiento jurídico.
- b) Actuar, en el cumplimiento de sus funciones, con absoluta neutralidad política e imparcialidad y, en consecuencia, sin discriminación alguna por razón de raza, religión u opinión.
- c) Actuar con integridad y dignidad. En particular, deberán abstenerse de todo acto de corrupción y oponerse a él resueltamente.
- d) Sujetarse en su actuación profesional a los principios de jerarquía y subordinación. En ningún caso la obediencia debida podrá amparar órdenes que entrañen la ejecución de actos que manifiestamente constituyan delito o sean contrarios a la Constitución o a las Leyes.
- e) Colaborar con la Administración de Justicia y auxiliarla en los términos establecidos en la Ley.
- Relaciones con la comunidad. Singularmente:
- a) Impedir, en el ejercicio de su actuación profesional, cualquier práctica abusiva, arbitraria o discriminatoria que entrañe violencia física o moral.
- b) Observar en todo momento un trato correcto y esmerado en sus relaciones con los ciudadanos, a quienes procurarán auxiliar y proteger, siempre que las circunstancias lo aconsejen o fueren requeridos para ello. En todas sus intervenciones, proporcionarán información cumplida, y tan amplia como sea posible, sobre las causas y finalidad de las mismas.
- c) En el ejercicio de sus funciones deberán actuar con la decisión necesaria, y sin demora cuando de ello dependa evitar un daño grave, inmediato e irreparable; rigiéndose al hacerlo por los principios de congruencia, oportunidad y proporcionalidad en la utilización de los medios a su alcance.
- Responsabilidad.
Son responsables personal y directamente por los actos que en su actuación profesional llevaren a cabo, infringiendo o vulnerando las normas legales, así como las reglamentarias que rijan su profesión y los principios enunciados anteriormente, sin perjuicio de la responsabilidad patrimonial que pueda corresponder a las Administraciones Públicas por las mismas.
Es preciso que recordemos que los políticos y funcionarios son nuestros empleados y nos han de servir, cumpliendo las leyes, para garantizar nuestra seguridad, bienestar y libertad. Su función no es coartar a la población ni recortar sus libertades constitucionales.
Faltaria lo principal, la libertad de creencias, nadie me puede imponer sus creencias ni rituales deribados, la covidicia es una creencia que esta basada en fantasias viricas, talismanes protectores y rituales cazafantasmas de la farma industria.
Muy bien dicho.
Parecéis nuevos… Sabéis de sobra como actúan esos perros, en cuanto les dices cualquier cosita o les llevas la contraria, se te tiran 5 o 6 encima y te secuestran con la excusa de “obstrucción a la autoridad”. Ni recitarles artículos ni nada, lo mejor que uno puede hacer, es esquivarles…..
Pienso igual. Aquí la gente es muy rebelde. Deben salir una vez cada dos meses.
Porque a la tercera vez que te requiera un policía y tengas que perder tu esfuerzo y tu tiempo en todo esto, se te quitan las ganas de volver a salir sin mascarilla.
Las acciones individuales de este tipo están muy bien para subir la autoestima de uno mismo, no cediendo a la dictadura impuesta, y para desgastarse personalmente. Eso agota a cualquiera.
Y ellos ni se despeinan.
Evidentemente todo depende del uniformado de turno que te toque, como en todas las profesiones de todo hay, mi consejo ponte en lo peor, en que te toque un mendrugo o un musculitos ignorante, evidentemente con estos sujetos no valen ni ley natural ni constituciones ni tratados de bioeticas,ponte a su altura y al lenguje que conoce, NO TE PONES MASCARILLA PORQUE NO TE SALE DE LOS HUEVOS, a partir de aqui lo que venga y siempre con valentia, ostias?? Pues ostias COÑO YA CON EL PUTO MIEDO, si te detienen ponselo lo mas dificil posible y en cuanto te suelten de nuevo en su propia cara a circular sin mascarilla, esto es la guerra, nuestros antepasados aguantaban tiros y torturas, que son 24 horas en una comisaria??? Si tienes integridad riete de ellos, nunca muestres miedo
No te pueden detener por tema de bozales. Ya que se trataría, en todo caso, de una infracción administrativa. Solo te pueden detener por delitos.
Tal vez, si te negases a identificarte podrían “retenerte” (figura jurídica inventada por Corcuera para suavizar que te detengan sin haber hecho nada).
Si te llegan a detener por no aceptar ponerte la mordaza, sería una detención ilegal y tendría consecuencias desagradables para los policías que actuasen así.
Por supuesto, conviene grabar o tener testigos de la actuación policial.
La policía no existe; son sicarios, capos, matones contratados para hacer el trabajo sucio, que no dudarán en pegarte un tiro en la nuca si sus amos se lo ordenan. Mientras no comprendáis esto viviréis con miedo. Un buen amigo me dijo una vez :” Si tienes un problema y llamas a la policía tendrás 2 problemas”
https://es.yahoo.com/sports/news/falleci%C3%B3-hugo-maradona-hermano-diego-120939026.html
otro y otro y los que vengan por la puta vacuna
EXACTO. Además, otra esencial, nadie puede imponerte una medida que va en contra de la salud e imponertela, quizás tan solo a modo de sugerencia.