Como continuación al artículo referente al documento maquiavélico de moda, el pase covid 2021, abordaré en esta segunda parte la referencia al “certificado de prueba diagnóstica” requerido al ciudadano en defecto o como pretendida opción del “certificado de vacunación”. En la misma medida, la supuesta opción del “certificado de prueba diagnóstica” no puede descartarse que responda a intenciones perniciosas destinadas al fin de doblegar la voluntad de los ciudadanos para someterse a un experimento humano/ensayo clínico, instando en caso contrario a realizar pruebas (certificado de prueba diagnóstica) cada 48/72 horas para, supuestamente, acreditar no estar infectado de covid-19, exigiendo coactivamente en términos imperativos estar en posesión del mismo para no ver restringida la libertad de circulación y libre acceso a locales y establecimientos. Pruebas que no dejan de ser invasivas, tediosas, reiterativas y costosas, destinadas a agotar la paciencia psíquica y económica del ciudadano, con la finalidad de vencer la negativa justificada a someterse a un ensayo clínico/experimento humano sin seguridad ni eficacia a medio y largo plazo y con graves efectos secundarios.
La consideración de la opción de los test a la alternativa de la “vacunación covid-19”, constituye un ataque a la dignidad y un insulto a la inteligencia de los ciudadanos, pues ofrecer como opción la sumisión reiterada a test inespecíficos, constituiría dar carta de naturaleza al agotamiento psicológico de la persona, similar al que se ejerce en los supuestos de tortura continuada hasta que la persona vencida asume confesar o en este caso someterse a la prueba del ensayo clínico/experimento humano.
La RESOLUCIÓN SLT/3512/2021, de 25 de noviembre, por la que se establecen las medidas en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia de COVID-19 en el territorio de Cataluña ( https://portaldogc.gencat.cat/utilsEADOP/PDF/8552/1880164.pdf) establece al respecto en el apartado 8 b) relativo al Uso del certificado COVID :
“El acceso a los locales y establecimientos requiere la presentación de un certificado, emitido por un servicio público de salud, que acredite alguna de las siguientes circunstancias:
b) Que la persona titular dispone de una prueba diagnóstica negativa en relación con la COVID-19 realizada en las últimas 72 horas en el caso de las pruebas RT-PCR, y en las últimas 48 horas en el caso de los test de antígenos (certificado de prueba diagnóstica).”
El exigir al ciudadano para acceder a locales y establecimiento la realización de una prueba cada 48/72 horas como alternativa a la sumisión a la pauta vacuna, compele directamente a unas pruebas reiteradas en el tiempo a través de la realización de sucesivos test a medida que vence el plazo de la vigencia que se les ha atribuido, tediosas y costosas, lo que de nuevo supondría una clientelización a los test, opción que de forma indirecta implicaría coaccionar hacia la primera opción de sumisión a un ensayo clínico/experimento humano del apartado “a” que podría considerarse como uso de “presiones políticas, sociales u otras” contraviniendo las consideraciones ética y jurídicas de la Resolución 2361 (2021) de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa. Lo cual a su vez contraviene directamente la disposición vinculante para España y resto de Europa del REGLAMENTO (UE) 2021/953 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 14 de junio de 2021 “relativo a un marco para la expedición, verificación y aceptación de certificados COVID-19 interoperables de vacunación, de prueba diagnóstica y de recuperación (certificado COVID digital de la UE) a fin de facilitar la libre circulación durante la pandemia de COVID-19″ norma jurídica de Derecho comunitario con alcance general y eficacia directa, en que dispone:
“Es necesario evitar la discriminación directa o indirecta de las personas que no estén vacunadas, por ejemplo, por motivos médicos, porque no forman parte del grupo destinatario al que se administra o autoriza actualmente la vacuna contra la COVID-19, como los niños, porque aún no han tenido la oportunidad o han decidido no vacunarse. Por consiguiente, la posesión de un certificado de vacunación, o la posesión de un certificado de vacunación que indique una vacuna contra la COVID-19, no debe ser una condición previa para ejercer los derechos de libre circulación o para el uso de los servicios transfronterizos de transporte de viajeros, como aviones, trenes, autocares, transbordadores o cualquier otro medio de transporte. Además, el presente Reglamento no puede interpretarse en el sentido de que establezca un derecho o una obligación a ser vacunado”.
Si este aspecto es ya suficientemente revelador sobre el carácter maquiavélico del pase-covid, no debe despreciarse la ironía del mismo en cuanto pudiera considerarse que la prueba que los test que ha de realizar el ciudadano sea considerada como prueba imposible, en cuanto implica la presunta demostración de un hecho negativo de veracidad imposible, por las siguientes consideraciones.
Se hace referencia a un certificado de prueba diagnóstica cuando son de investigación, lo cual se advierte por los propios fabricantes al afirmar: “Este producto es únicamente para uso en investigación y no está destinado para uso diagnóstico”, “this product is for research use only and is not intended for diagnostic use”. CD Creative Diagnostics SARS-Cov-2 Coronavirus Multiplex RT-qPCR Kit
(CD019RT)https://drive.google.com/file/d/1009dZu6845swr5XGJowUxwppvzVYmMlr/view
El 24 de mayo, la Agencia Sueca de Salud Pública reconoció que la tecnología de PCR no puede distinguir entre virus capaces de infectar células y virus que han sido neutralizados en el sistema inmunológico del sistema, concluyendo que estas pruebas “no se pueden utilizar para determinar si alguien es contagioso o no”. https://www.globalresearch.ca/sweden-says-pcr-tests-cannot-used-determine-whether-someone-contagious/5746080?utm_campaign=magnet&utm_source=article_page&utm_medium=related_articles
El Ministerio de sanidad publicó que las pruebas serológicas pueden resultar de utilidad para la confirmación de la respuesta inmunológica a la infección por un coronavirus (cualquier coronavirus); que los test son inespecíficos al dar positivo a cualquier trozo de ADN o ARN viral que coincida con los fragmentos genéticos usados como cebadores o iniciadores en la PCR; que no permiten diagnosticar si el paciente tiene Covid-19, y aun dando un resultado positivo no descarta que en realidad la infección pueda deberse a otros virus e incluso a una infección bacteriana; y dado que estos test no diagnostican la enfermedad llamada COVID-19, ni permiten saber si es o no contagioso/a, no pueden constituir la base para la restricción de libertades. (https://www.mscbs.gob.es/ciudadanos/ene-covid/faqs.htm)
Los CDC (centros para el control y la prevención de enfermedades de Estados Unidos), el 21 de julio de 2021, informaron en la página oficial, mediante una alerta dirigida a los laboratorios, que la prueba de PCR no diferenciaba entre el SARS y la influenza, y que retiraba su solicitud de autorización de uso de emergencia en EE. UU a partir del 31 de diciembre de 2021. (https://www.cdc.gov/csels/dls/locs/2021/07-21-2021-lab-alert-Changes_CDC_RT-PCR_SARS-CoV-2_Testing_1.html). Es decir que podría dar positivo a quien tenga gripe.
Los tribunales de países como Alemania, Austria, Holanda y Portugal ya han invalidado la prueba PCR como herramienta de diagnóstico médico:
– El Tribunal de apelación de Lisboa dictaminó que “la prueba de PCR “es incapaz de determinar, más allá de toda duda razonable, que un resultado positivo corresponde, de hecho, a la infección de una persona por el virus del SARS-CoV-2”. https://www.theportugalnews.com/es/noticias/2020-11-21/el-tribunal-decide-que-la-cuarentena-en-estado-de-alerta-es-ilegal/56830
– El Tribunal de Viena ha declarado que “la PCR no es un test idóneo para diagnosticar la COVID-19 y que, por tanto, los confinamientos no tienen base legal”. https://greatgameindia.com/austria-court-pcr-test/
De lo que se deduce que los denominados test de diagnóstico que se están efectuando a la población no permiten saber si una persona está afectada o no por el nuevo coronavirus ni sus variantes o por una simple gripe (influenza A o B), por lo que carecerían de validez probatoria ni siquiera a nivel indiciario para determinar si una persona está afectada por el SARS-coV-2, sus variantes o influenza, por cuanto dan positivo a cualquiera de los coronavirus, adenovirus o bacterias, con los que haya estado en contacto la persona, siendo inespecíficos al dar positivo de forma indiscriminada ante la presencia de cualquier patógeno, sin perjuicio de su falta de fiabilidad, una vez sobrepasados un cierto número de ciclos o amplificaciones. Por tanto, no puede exigirse al ciudadano que demuestre no estar infectado por todas las variantes de influenza, por coronavirus, adenovirus o bacterias.
La RESOLUCIÓN SLT/3450/2021, de 17 de noviembre, acerca de las tres circunstancias (idoneidad, necesidad y proporcionalidad de la medida), dice que, si se acreditan, tienen que permitir el acceso a las actividades de ocio y asimiladas (celebraciones y actos sociales con baile) responden al objetivo común de reducir el riesgo de que una persona infectada entre en contacto con otras no infectadas y no protegidas y les pueda transmitir la infección.
Parece pues que no solo es imposible cumplir el objetivo pretendido, sino que se conseguiría todo lo contrario, pues nadie puede tener la certeza de aquello que no se puede demostrar, y menos exigir tal prueba al ciudadano, al ser inespecíficos los test, dar resultado positivo ante la presencia de cualquier tipo de patógeno (virus, bacterias, coronavirus, exosomas…) y adulterarse los resultados en función del número de amplificaciones efectuadas en laboratorio. Por lo que incluso un resultado positivo no es indicio suficiente de que la persona esté infectada, ni sea portadora, ni sea contagiosa del supuesto SARS-CoV-2, pudiendo deberse a otros virus o infecciones bacterianas o a procesos que nada tienen que ver con infecciones. Por lo que la falta de certeza y fiabilidad de las pruebas no cumple con los requisitos de idoneidad, necesidad y proporcionalidad de la medida que se pretende implementar, siendo una alternativa tendenciosa con la finalidad de doblegar la libre voluntad del ciudadano de no someterse a la opción “a”.
En el próximo artículo se hará referencia a la tercera opción referente al “certificado de recuperación”.
Lo más significativo de los inútiles test PCR es, que todo este montaje se ha constituido en torno a los resultados obtenidos a partir de su implantación. Desconozco si en marzo -abril del pasado año, en los hospitales se utilizaba o no, pues da la impresión de que los diagnósticos eran a ojímetro, es decir, por síntomas. Aunque ya intuimos en su momento, que todos aquellos síntomas que imputaban al bicho como causante de los fallecimientos, era influenza, dato indemostrable por ausencia de autopsias. Pero está claro, que efectivamente se ha utilizado indiscriminadamente para mantener esta plandemia y ahora , como bien comenta, para dar salida benefactora la no kakunación, cuándo realmente no sirven para nada relacionado con la verificación de un virus concreto, en este caso el Sars-cov dos. Desoyen cualquier comunicado al respecto y siguen con la aplicación de control, tras control.
Lo que no queda claro es, por ejemplo, si en un establecimiento de hostelería, supuestamente aparece un brote, ¿quién se lo ha transmitido si todos están kakaunados?. Lo camuflarán con cualquier otro motivo, seguramente.
No obstante, hay más formas de disfrutar de la vida que acudiendo a restaurantes, bares y lugares de “ocio” y quienes aceptan e incluso se inoculan por este motivo, no son más que carne de cañón. Esto, con independencia de la ilegalidad y discriminación que conlleva. Si por alternar, eres capaz de vender tu libertad, lo que pase a posteriori, que no se busque justificación ni misericordia, pues la humanidad se encuentra en esta tesitura, gracias a gente con esa falta de dignidad, principios y conocimiento. Está claro que, no ser responsable a serlo, depende de la trascendencia de tus hechos.
La estafa inmensa de los tests amañados es la clave de todo.
Igual que se le pidió al gobierno que presentase pruebas irrefutables de tener el virus fantasma, hay que pedirle que presente pruebas irrefutables de que existen los “contagios” más allá del palito estafador y la maquinita preprogramada. No existen.
También hay que pedir judicialmente a los periodistas, que dedican los días a los “contagios” (en especial al asePino, obsesionado con los niños desde hace más de un año), que demuestren también la “contagiosidad” de los grupos HUMANOS a los que señalan día tras día, cada vez de una forma más criminal. Que pasen ‘papers’ no. Que lo DEMUESTREN. Con gráficas de mierda no, con ciencia PURA.
El virólogo alemán, Drosten fue quien puso en marcha el tema de las PCRs. Están denunciados los dos, las PCRs fraudulentas y él, al menos desde el mes de Junio por el abogado Füellmich, por haber sido causa de confinamientos indebidos y por la quiebra de la economía de muchos países. Pero de esas denuncias no se sabe nada. Ya supongo que los abogados no querrán publicidad, pero han pasado muchos meses y la cosa no avanza; deben tener problemas con tanto juez corrupto.
Jueces genocidas no corruptos un corrupto no mata a miles, un genocida si.
Apoltronarse esperando a que logre algo el Füellmich de turno a miles de kilómetros es absurdo. El asedio a la mafia mediática y satanitaria local debe ser masivo y constante, con la razón y la verdad en la mano, y debemos hacerlo entre todos, pero apoyando sobretodo a los que tienen más voz e iniciativa práctica.
Yo iria más lejos: a quienes se tiene que prohibir el paso a los lugares de ocio, trabajo y transportes públicos debería ser a LOS VACUNADOS, ya que en el mejor de los casos y si la vacuna funciona, se han transformado en ASINTOMÁTICOS que propagan la enfermedad al no tener síntomas.
Habría que decirles a los IMÉCILES, COMEPOLLAS Y LAMECULOS de los políticos y periodistas que ÉSA es la CONSECUENCUA REAL de una VACUNA que NO INMUNIZA, hecho admitido oficialmente.
Aconsejo a todos aquellos a los que les pidan el código QR de vacunado, muestren este código QR: https://t.me/Julioarizaeltoro/12449
La histeria mediática desatada por la “variante” Omicron es pura ficción. La diabólica genialidad de esta narrativa es que no requiere de evidencia alguna. Dado que nadie puede ver una “variante”, y dado que no existen muestras virales Omicron aisladas en ningún lugar del mundo para confirmaciones de pruebas de laboratorio, una campaña coordinada de histeria en los medios de comunicación simplemente implanta la conciencia humana con la ilusión de Omicron, acompañada de un miedo extremo. Hasta la fecha, nadie ha muerto a causa de ella en ningún lugar del planeta. Sin embargo, gracias al terrorismo periodístico de los medios de comunicación, la mitad del planeta se está volviendo loco por algo que probablemente no existe en absoluto. “Omicron” es casi con certeza una operación psicológica.
No me creo nada yo tampoco. Además es muy mosqueante que ya en febrero hablaran de la variante sudafricana y de repente dejaran de hacerlo, hasta ahora. Enjuagues de estos canallas.
Y, respecto al tema de las variantes, si no han aislado ni secuenciado el supuesto “virus”, ¿cómo saben que ha variado? Nos tratan como a idiotas. Claro que muchos han demostrado serlo.
Qué casualidad!!! Hace unos días se comentaba que, ¿cómo era posible que en el continente africano y sin casi inoculaciones, no se dieran prácticamente casos a destacar, incluida lógicamente Sudáfrica.?
Pues nada, dicho y hecho. Ahora viene de allí a toda velocidad. Lo más gracioso, por reírse un rato, es que el Presidente de allí, ha manifestado que es más inocente, esa supuesta variante, que la cría de un Ñu. Pero la OMS, la considera terrible, claro.
Más de 45.000 personas mueren en España al año, por enfermedades respiratorias, sólo hay que cambiar el diagnóstico.
Mandale este informe a tu jefe el prevaricador Lesmes que se lo va a pasar por los cojones o a la Delgado. Valerie así no, así no dices la verdad pero tus jefes son unos genocidas por acción o por omisión.