Queremos agradecer a uno de nuestros lectores, gracias Paco, que nos haya enviado por correo electrónico este interesantísimo artículo del digital ‘Redacción Médica’ puesto que es de plena actualidad para lo que estamos viendo ahora a través de las televisiones y grandes medios de comunicación: “El Supremo prohíbe usar la imagen de famosos en la publicidad médica”.
El artículo, publicado en mayo de 2020 se hacía eco de una sentencia dictada por el Tribunal Supremo debido a una campaña publicitaria de la compañía odontológica ‘Dentix’ que utilizó la imagen de dos personas famosas para promocionar su negocio. La sentencia, a la que pueden acceder haciendo clic en este enlace, desestima el recurso de Dentix amparándose en El Real Decreto 1907/1996, de 2 de agosto, sobre publicidad y promoción comercial de productos, actividades o servicios con pretendida finalidad sanitaria y dice lo siguiente:
Con carácter general, el artículo 1.1 del citado Real Decreto 1907/1996, dispone que las autoridades sanitarias y demás órganos competentes controlarán la publicidad y promoción comercial de los productos, materiales, sustancias, energías o métodos que se anuncian o presentan como útiles para el diagnóstico, prevención o tratamiento de enfermedades o desarrollos fisiológicos, adelgazamiento, modificación del estado físico o psicológico, restauración, corrección o modificación de funciones orgánicas u otras pretendidas finalidades sanitarias, para que se ajusten a criterios de veracidad en lo que atañe a la salud y para limitar todo aquello que pueda constituir un perjuicio para la misma.
Pues bien, el propio título del Real Decreto 1907/1996, sobre publicidad y promoción comercial de productos, actividades o servicios con pretendida finalidad sanitaria, se refiere a una expresión que se reitera a lo largo de su articulado, concretamente ” con pretendida finalidad sanitaria”. A ella también se refiere el artículo 1.1 citado, al regular el control sanitario de la publicidad, y el artículo 4, al que se refiere la cuestión de interés casacional, que establece las prohibiciones y limitaciones de la publicidad.
Y ahora a nosotros nos surge esta pregunta: ¿Y todos esos personajes famosos que aparecen por televisión y distintos medios de comunicación promocionando la vacunación indiscriminada? Porque, a pesar de que sospechamos que muchos de ellos están cobrando por hacerlo, la sentencia del Supremo no dice nada relativo a que esa publicidad se haga gratis o cobrando. Ni siquiera dice nada de que esta se haga en favor de una empresa o una marca determinada.
Lo que sí dice claramente es que el Real Decreto 1591/2009, de 16 de octubre por el que se regulan los productos sanitarios, recoge explícitamente la prohibición de la utilización de personas que puedan, debido a su notoriedad, incitar a su utilización.
¿Y ahora qué, famosetes de turno? ¿Qué hacemos ahora cuando estáis utilizando vuestra imagen para promover la vacunación entre la población? ¿Qué hacemos, por ejemplo, con la campaña de vacunación promovida por la Comunidad de Madrid en la que aparecían, Belén Esteban, Susanna Griso y otros personajes famosos?
y a la recauchutada independentista cuando le van a dar el premio a la SUB-NORMAL DEL AÑO? porque aparte de chupar lo que no debe o quizás si, no sabe hacer otra cosa.
Diria yo que a los juzgados con todos ellos, se llamen como se llamen, a ver si les hace gracia. Y espero que los jueces no sean unos vendidos, como va siendo habitual ultimamente, y les den su merecido.
Ignorantes asesinos vendidos engañabobos
Bueno, pues a ver si el Supremo se pone las pilas de una vez y PARA ESTA PUTA FARSA, que ya está bien lo que está durando, joder.
https://www.bitchute.com/video/qUWhW5VosjGm/
Dolores Cahill es una de las personas mas censuradas en Irlanda, como dice ella y el doctor Schoening, NO QUEREMOS LA NUEVA NORMALIDAD, NI A VOLVER A LA ANTIGUA NORMALIDAD QUE NOS TRAJO ESTO, LO QUE QUEREMOS ES UNA NUEVA Y MEJOR NORMALIDAD, Y LA HUMANIDAD LO CONSEGUIRA!.
El doctor Schoening fue detenido ilegalmente en Londres hace unos meses https://www.youtube.com/watch?v=LhqYxcOriVA , desconozco su estado de salud ahora.
Pues nos parece muy bien,por parte del Supremo esta resolución,ojalá sirva de precedente,para qué tanto memo hablé de cosas que no les incumben,ni animen a la gente a hacer cosas que son decisiones privadas.Si además hiciesen otra,prohibiendo a la gente que no es personal sanitario tomar la temperatura,u obligar al uso de mascarillas pues mejor que mejor.Y si Fdo.Simón o Irene Montero se han hecho famosos,no serán tambien sus discursos ilegales?.
Noticia antigua de antes de la plandemia el supremo sigue igual es más estan en el ajo como todos.
https://www.abc.es/sociedad/abci-militar-fallece-navarra-tras-vacunado-astrazeneca-202104231900_noticia.html