La izquierda está más rabiosa que nunca, porque el TSJM (Tribunal Superior de Justicia de Madrid) ha rechazado la medida cautelar solicitada tras examinar el requisito de apariencia de buen derecho que subyace en la pretensión del recurso presentado.
La resolución dice que la facultad concedida a la Presidencia de la Comunidad es, “sin paliativos y por más que esté obligada a hacerlo mediante un decreto y con los demás requisitos, ‘acordar’ la disolución anticipada de la Asamblea de Madrid”.
Prosigue el Auto del TSJM diciendo que “Por tanto, debe entenderse que tal facultad queda válidamente ejercitada desde el momento en que firma el Decreto de Disolución y convocatoria de elecciones, y sin perjuicio de que la eficacia de esta convocatoria electoral se despliegue una vez publicado en el Boletín Oficial”.
La lógica y el derecho se imponen, tal y como ya dijimos en el artículo que titulamos «Te explicamos porqué no va a prosperar la moción de censura y se celebrarán elecciones en Madrid».
En el siguiente enlace puedes leer el Auto que el TSJM ha hecho público hoy mismo confirmando la convocatoria electoral AUTO DEL TSJM.
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