Redacción.- Hay muchas personas que por el hecho de no poder ir a votar en persona el día de las elecciones, decide no votar y no se plantea votar por correo, a continuación te facilito los pasos a seguir para que lo hagas, el proceso es muy sencillo, por lo que te invito a que si finalmente no puedes votar presencialmente lo hagas por correo, tu voto también es muy importante, no dejes que otros decidan por ti.

    
La fecha límite para solicitar el voto por correo es el próximo 27 de octubre.

El primer paso es acudir a tu oficina de correos más cercana y solicitar un impreso para votar por correo.

Este impreso deberás cumplimentarlo y posteriormente entregarlo en cualquier oficina de correos, debes acudir personalmente, en la oficina deberás acreditarte con DNI, Carnet de conducir o pasaporte (cualquiera de los 3 documentos son válidos, no fotocopias) al empleado público de la oficina.

Los funcionarios de Correos remitirán esta solicitud a la Oficina del Censo Electoral, que tomará debida nota en las listas del censo, y por lo tanto, en el momento que sea admitida no podrá votar en el colegio electoral.

A continuación, introducirá en el sobre en el que indica la Mesa electoral lo siguiente: 


– Sobre/sobres de votación con la papeleta/as
– Certificado de inscripción en el censo.

Este sobre debe entregarse entre el 30 de noviembre al 13 de diciembre en cualquier oficina de Correos, se remitirá por correo certificado.

El envío y los trámites son gratuitos para los electores, ya que el Ministro del Interior ya tiene un presupuesto electoral por el que se hace cargo de compensar al operador postal estos envíos.

En el caso de que el elector no puede acudir personalmente a la Oficina de Correos para certificar el sobre de la votación, podrá hacerlo otra persona en su nombre según el acuerdo de la Junta Electoral Central de 10 de mayo de 1995.

Posteriormente, es Correos el que conservará hasta el día de las elecciones toda la correspondencia dirigida a las diferentes mesas electorales y dará traslado a dichas papeletas a las 09:00 horas, y tendría plazo hasta la 20:00 horas del mismo.

Correos se encarga de llevar un registro de toda la documentación recibida, que estará a disposición de las Juntas Electorales.

Los sobres que se reciban después de las veinte horas del día de las elecciones para la votación se entenderán que han entrado fuera de plazo, y se trasladarán a la Junta Electoral de la Zona para posteriormente ser destruidos.

Fuente: http://www.eltitular.es/voto-por-correo/